En Francia, la Autoridad de Mercados Financieros (AMF) ha anunciado la modificación de su Reglamento General y su política relacionada con los proveedores de servicios de activos digitales (DASP).
Estos cambios, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2024, tienen como objetivo adaptar el marco regulatorio a la evolución del mercado y a la próxima implementación del Reglamento europeo sobre mercados de criptoactivos (MiCA).
Dicha actualización se aplicará a los nuevos operadores que deseen ofrecer servicios sujetos a registro obligatorio. Entre las áreas cubiertas por este registro mejorado se incluyen sistemas robustos de seguridad y control interno, gestión de conflictos de intereses, información precisa y clara, políticas de precios públicos, y disposiciones específicas de custodia, entre otros aspectos cruciales.
“Como recordatorio, los DASP que obtuvieron un registro simple antes del 1 de enero de 2024 se benefician de una cláusula de “derechos adquiridos” y siguen estando sujetos al marco aplicable antes de esta fecha”.
Convergencia con la Ley MiCA
Uno de los objetivos centrales de estas modificaciones es alinear las regulaciones de los proveedores de servicios de activos digitales (DASP) con las disposiciones establecidas en el Reglamento MiCA de la Unión Europea.
Esto permitirá una mayor coherencia y armonización en todo el espacio europeo en términos de requisitos y normativas para las entidades que operan en el campo de las criptomonedas y la tecnología blockchain.
“La Instrucción DOC-2019-23 sobre las normas aplicables a los DASP se ha modificado para adaptar en gran medida los documentos requeridos para el registro mejorado y la licencia opcional a los requisitos establecidos en el Reglamento MiCA”.
Se espera que esta convergencia no solo fortalezca la integridad del mercado, sino que también facilite el proceso de autorización y licencia para los proveedores de servicios de criptoactivos.